viernes, 6 de abril de 2018

Pasos a seguir para la declaración



Quienes deben declarar el ISLR:
     El artículo 79 de la Ley Impuesto Sobre la Renta detalla quien debe declarar el impuesto sobre la renta las personas naturales, asalariados con ingreso anual superior a 1.000 U.T y no asalariados con ingresos brutos mayores a 1.500 U.T. No obstante, conforme a lo previsto en el decreto de emergencia económica actual la base para este cálculo será de 6.000 U.T.

Como se declara el ISLR:





   La declaración y pago ISLR se realiza directamente a través del portal web www.seniat.gob.ve, También en las oficinas del SENIAT o en las jornadas de recaudación que el organismo implementa en diferentes localidades del país.


Como se paga el ISLR:
     Dentro de las opciones más practicas para realizar este pago, es recomendable hacer el uso de los servicios de bancas en línea que ofrece las diferentes instituciones financieras que operar en el país.
  Las personas naturales pueden cancelarlo hasta en tres (3) partes. La primera debe  ser al  momento de la declaración, es decir, hasta el 31 de marzo. El segundo pago será 40 días después del 31 de marzo, y el tercero, 40 días después de la fecha  en que se hizo efectivo la segunda cuota.

Por cancelado en partes, el contribuyente debe indicarlo al sistema al momento de su declaración.
 


Requerimientos como figura natural









Personas Naturales:
Son todos los entes de la especie humana que solo por el hecho de existir las características dadas por el derecho desde el punto de vista jurídico que tienen como atributo que son domicilio, nacionalidad.
Rebajas y desgravamen de las personas naturales:
·         Las personas naturales residentes en el país, gozaran de una rebaja de impuesto de diez (10) unidades tributaria (U.T) anuales               Además,  si tales contribuyentes tienen a personas a su cargo, gozaran de las rebajas de impuesto siguientes:
·         Es necesario que el contribuyente este domiciliado o sea residente en el país o los fines que procedan las rebajas de impuesto concedidas.
Las rebajas del impuesto al contribuyente por carga familiar:
·         10 U.T por el cónyuge no separado de bienes, a menos que declare por separado, en cuyo caso la rebaja corresponderá a uno de ellos.
·         10 U.T por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país.
      Las personas naturales residentes en el país podrán gozar de los siguientes desgravámenes, siempre y cuando se trate de pagos efectuados en el país durante el ejercicio gravable respectivo, y que los mismos no hayan podido ser deducidos como gastos o costos, a los fines de la determinación del enriquecimiento neto gravable:
·         Lo pagado a los institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y sus descendiente no mayores de 25 años. Este límite de edad no se aplicará a los casos de educación especial.
·         Lo pagado por el contribuyente a empresas domiciliadas en el país, por concepto de primas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad.
·         Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo, es decir, ascendiente o descendientes directos en el país.
·         Lo pagado por concepto de cuotas de intereses en los casos de préstamos obtenidos por el contribuyente para la adquisición de su vivienda principal, o de lo pagado por concepto de alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar, este desgravamen no podrá ser superior a 1.000 U.T. en el caso de pago de cuotas y de 800 U.T. en el caso de alquiler. (Estos desgravámenes deben de estar soportados).
Sin embargo, la Ley de I.S.L.R. plantea otro tipo de desgravamen llamado Desgravamen Único, mencionado anteriormente, al cual podrán optar los contribuyentes (personas naturales), siempre y cuando los mismos no hayan elegido los desgravámenes anteriores.
Los desgravámenes autorizados, deberán corresponder a pagos efectuados por el contribuyente dentro del año gravable y los comprobantes respectivos de dichos pagos, deberán ser anexados a la declaración anual de rentas. No procederán los desgravámenes de las cantidades reembolsables al contribuyente por el patrono, contratista, empresa de seguros o entidades sustitutivas. En todo caso para ser aceptados los desgravámenes deberá aparecer en el recibo correspondiente el número de Registro de Información Fiscal (RIF) del beneficiario del pago.





Conceptos Basicos


Tributo:

Pasos a seguir para la declaración

Quienes deben declarar el ISLR:      El artículo 79 de la Ley Impuesto Sobre la Renta detalla quien debe declarar el impuesto sobre la ...